Vicedirección

La persona titular de la vicedirección colaborará en la planificación de las actividades formativas que el centro establezca y tendrá las siguientes competencias:
- Sustituir al director o directora en caso de ausencia, enfermedad o vacante y de suspensión o cese hasta su sustitución por el procedimiento legalmente establecido.
- Coordinar la realización de actividades complementarias y extraescolares, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro docente público, y desempeñar las funciones de jefe de departamento de actividades complementarias y extraescolares.
- Organizar, conjuntamente con la jefatura de estudios, los actos académicos.
- Coordinar e impulsar la participación de todos los miembros de la comunidad escolar en las actividades del centro docente público.
- Planificar, administrar, dinamizar y coordinar la utilización de la biblioteca y sus recursos didácticos.
- Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de la dirección dentro del ámbito de sus competencias o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de competencias, o por los correspondientes Reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.