Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de bachillerato a que hace referencia el artículo 7.6 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato
Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante consistirán en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados.
La puntuación máxima de la parte específica sera de cuatro puntos.
Nota de admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2
El parámetro de ponderación (a ó b) de las materias de la fase específica será igual a 0,1 o 0,2.