El tutor será el que estime las faltas como justificadas o no, teniendo en cuenta para la primera consideración los supuestos siguientes:
- Por enfermedad crónica o transitoria, presentando el parte médico correspondiente.
- Por enfermedad grave o fallecimiento, de un familiar próximo.
-
Por asistencia inexcusable y debidamente justificada a cualquier asunto relacionado con :
- D. N. I.
- N.I.F.
- Pasaporte.
- Oficina de Empleo.
- Presentación a pruebas con convocatoria oficial.
- Temas a resolver en la Secretaría del Centro.
- Otros que el tutor considere justificables.
Cuando el número de faltas de un alumno/a supere el número establecido por el Consejo Escolar perderá el derecho a la evaluación continua y deberá realizar las pruebas alternativas que los departamentos hayan establecido. Esta situación no exime al alumnado de la obligación de asistir a las correspondientes clases.
El primer comunicado se realizará cuando el alumno/a alcanza el 5% de faltas injustificadas en la materia. Se realizará un segundo aviso cuando se alcance el 10% de las faltas injustificadas. Cuando el alumno alcance el 15% de las faltas injustificadas perderá el derecho a la evaluación continúa y será evaluado según las disposiciones que regulen los departamentos didácticos